El próximo número de la revista Escritura Pública incluye un reportaje del periodista Fernando Geijo (@fergeijo) sobre la jubilación; un asunto recogido en el artículo 50 de la Constitución cuya sostenibilidad se está viendo cuestionada en los últimos tiempos.
En el artículo se recoge la aprobación de una nueva reforma de las pensiones, pendiente de tramitación parlamentaria, que –bajo la atenta mirada de Bruselas- pretende aportar soluciones a largo plazo para reforzar uno de los pilares fundamentales de nuestro modelo de protección social. A finales del pasado verano el Gobierno aprobó en Consejo de Ministros el Proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones. Un texto que deja claro en su enunciado sus objetivos y que sienta las bases para acometer cambios en el andamiaje del ecosistema que regula la jubilación que, junto con la aún pendiente reforma laboral, conforman el armazón del edifico que transformará las reglas del juego en que se asentarán las relaciones del entramado económico y del modelo de protección y bienestar social en nuestro país en las próximas décadas. Esta reforma de las pensiones tiene prevista su entrada en vigor en 2022, con la vigilancia de la Unión Europea.
La principal implicación de los cambios que se van a aplicar a la regulación de las pensiones, que recupera además el IPC anual como índice de revalorización, supone el alargamiento del cómputo de años a la hora de calcular la cuantía de una pensión contributiva. Otra novedad es la ampliación de la edad legal de jubilación, que se ha fijado en los 66 años y dos meses, a partir del pasado 1 de enero, para quienes hayan cotizado menos de 37 años y medio; mientras que para los que superen esa barrera se mantiene en los 65 años. Por lo que respecta a la jubilación anticipada, también se endurece su acceso al pasar la edad mínima de retiro ordinario a los 64 años y dos meses. Asimismo, es posible adelantar hasta en cuatro años la edad de jubilación en caso de encontrarse en paro, haber sido afectado por una reestructuración laboral, por ERE o por otras causas como despidió objetivo o colectivo, entre otras, lo que conllevará penalizaciones de entre el 6% y el 7,5% por año adelantado.